viernes, 4 de septiembre de 2009

Amor erótico y divorcio

Opina el Psicólogo: El amor erótico es una relación de alto riesgo que lleva al divorcio. Un matrimonio basado sólo en el 'amor erótico' es una 'relación de alto riesgo' que 'antes o después lleva al divorcio', según el psicólogo Manuel García, quien defendió hoy la necesidad de basar los vínculos amorosos en un 'amor verdadero' que permita una relación de pareja larga y satisfactoria.

Manuel García participó hoy en San Sebastián en un curso de verano titulado 'Las relaciones de pareja: factores de éxito', en el que pronunció una charla sobre las fases de la relación amorosa, junto a la también psicóloga Angela Magaz, quien habló sobre los beneficios del matrimonio para la salud. Tras impartir su conferencia, García mantuvo un encuentro informal con los periodistas en el que explicó que casi todas las relaciones de pareja se inician a partir del 'amor erótico', en el que se busca el placer propio y se aborda a la otra persona como un 'objeto' que posee unas cualidades que nos gustan, que no tienen por qué ser de carácter físico, pero de las que se quiere 'disfrutar'.

El experto precisó que una relación basada exclusivamente en este tipo de amor siempre termina en fracaso porque tarde o temprano se descubren 'cualidades' de la pareja que 'no eran lo que pensábamos'. Esta situación se produce porque al habituarnos al otro se reduce el 'placer' que nos produce el disfrute de nuestra pareja y se descubren aspectos de ella que no tiene por qué agradarnos. El psicólogo aclaró que, sin embargo, algunas de estas relaciones van un paso más allá y llegan al 'amor verdadero', una situación en la que, además de pretender el disfrute de las cualidades del otro, también se desea su bienestar y la persona encamina sus acciones a buscar el bien del cónyuge. 'Es lo contrario al 'amor erótico' -explicó-, pues en una relación de 'amor verdadero' no se pide sino que se ofrece, porque amor significa dar'.

Por su parte, la también psicóloga Angela Magaz propuso dos grandes 'pactos' a las parejas que quieran que su relación sea prolongada en el tiempo. El primero de ellos basado en la 'lealtad' y el segundo en la 'alegría' que hay que intentar mantener en la relación 'para no perder el deseo de estar con la otra persona'. Magaz comentó que el matrimonio 'puede ser muy bueno' para ambos miembros de la pareja, si cada uno cuida del otro, porque ambos consiguen amor, seguridad y compañía, cosas que todos los seres humanos necesitan y contribuyen a mejorar su salud.

Artículo elaborado por el equipo de nuestra Web, elaborado a partir de lo expuesto en los cursos de verano de Agosto de 2006 (Fuente: Terra Actualidad - EFE).

jueves, 3 de septiembre de 2009

La Junta de Sevilla avala a sus técnicos frente a las críticas del juez. Igualdad niega que confundiera patria potestad y custodia.

La directora general de Infancia y Familia, Carmen Belinchón, defendió ayer la gestión de los técnicos de la Junta que entregaron tres niños a su padre sólo tras la orden de un juez de Familia, que calificó de "atropello" el hecho de que los menores ingresaran en un centro de acogida antes de regresar a vivir con él. Belinchón resaltó que "en ningún momento se ha ninguneado" la figura del padre. "A la Administración le entregaron a los menores y ésta debe hacer un seguimiento de éstos", alegó.

El caso surgió tras el divorcio de un matrimonio. La madre reconoció que no podía criar a sus hijos por un enfrentamiento con su propia madre, y entregó los niños a la policía autonómica. Los menores ingresaron en un centro de acogida tras no localizarse al padre, y cuando éste pidió su regreso a casa los técnicos de la Consejería de Igualdad se negaron, al no tener éste la custodia de sus hijos. Finalmente, un juez emitió el pasado lunes un auto que devolvía los hijos a su padre. La Junta acatará el auto judicial sin recurrirlo.

Ayer, Belinchón consideró que el tiempo transcurrido entre el ingreso de los niños en el centro el pasado 6 de julio y su entrega al padre el 10 de agosto, está justificado ya que los técnicos debían evaluar que el padre podía dar un acogimiento apropiado a sus hijos. "El tiempo lo marcan los niños y los técnicos estuvieron contrastando información y valorando las posibilidades y capacidad del padre para atender a sus hijos", remarcó.

El juez Francisco de Asís Serrano subrayó que los técnicos confundieron la custodia, otorgada a la madre en el divorcio, con la patria potestad que comparte el padre con la madre. "En ningún momento se ha confundido la custodia con la patria potestad. El tiempo podría haber sido mucho más rápido, pero el procedimiento administrativo debía cumplir su orden", discrepó Belinchón.

Para la directora general, "el padre tendrá que entender que los menores llegaron al sistema de acogida y éste no puede nunca pecar de dejar a los menores en sistema de riesgo". A partir de ahora y pese a que los hijos viven con el padre desde esta semana, los técnicos realizarán un seguimiento de los menores. El magistrado dictó una medida "urgente, cautelar e inaudita" para devolver los hijos a su padre "ante la falta del mínimo indicio de incapacidad" de éste. Sin embargo, Belinchón subrayó ayer que los técnicos tenían la obligación de confirmar las aptitudes del padre para acoger a sus hijos, según los plazos establecidos por la Administración.


Artículo publicado en nuestra Web originalmente el día 17-08-2009
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miércoles, 2 de septiembre de 2009

Hombres: ¿víctimas olvidadas de los procesos de divorcio?

Y ahora, ¿qué voy hacer? Eso se preguntaba Gilbert Bécaud en su célebre canción ‘Et maintenant’. Muchos hombres en España, y más concretamente en Ciudad Real, bien podrían hacer suya esta pregunta al verse envueltos en procesos de separación o divorcio. Desde las asociaciones de padres separados, se denuncia que muchos de ellos son desfavorecidos por la justicia en beneficio de su ex cónyuge, tanto en los aspectos económicos como en la custodia de los hijos.

Así lo afirma Juan Luis Rubio, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados de España (APFS), y actual encargado de coordinar todo lo relacionado con esta asociación en Castilla-La Mancha. Según Rubio, la casi totalidad de los casos de divorcio se acaban saldando con la marcha del hombre del domicilio conyugal, la concesión de la custodia de los hijos del matrimonio a la mujer, y la obligación del ex marido de pasar una pensión alimenticia a esta última, en caso de no tener trabajo, y otra pensión para mantener a sus vástagos.

Por si fuera poco, añade Rubio, el hombre sigue pagando la hipoteca de la casa y tiene además que buscar una nueva vivienda, lo que supone una fuerte presión a su economía. En el caso de Ciudad Real, donde hace varios años fundó la asociación mixta Ascala (Asociación de Separados de Castilla-La Mancha), el presidente de APFS explica que lo que hacen muchos divorciados de la capital es volver al hogar de sus padres, que suele encontrarse en alguno de los pueblos cercanos, y seguir trabajando en la ciudad.

Ante los tribunales

¿Por qué el hombre es quien paga la pensión en casi todos los casos de divorcio? El abogado Vicente Martínez de Pablos explica que esto se debe a que, por norma general, el cónyuge masculino es el que trabaja, mientras que la mujer se ocupa de las tareas del hogar, incluyendo el cuidado de los hijos. En los casos en que ambos cónyuges trabajan, aclara Martínez de Pablos, puede no haber pensión por ninguna de las partes, o incluso puede ser la mujer quien tenga que pasar pensión al marido si gana más que él.

Ante la carga económica que supone el pago de pensiones y otros gastos derivados, la economía de un divorciado típico puede resentirse hasta el punto de peligrar su subsistencia; de hecho, el principal responsable de APFS habla de casos en que el ex marido ve embargada la totalidad de su nómina. Para estas situaciones, asegura Martínez de Pablos, existe un procedimiento de modificación de medidas, al que los afectados pueden acudir para evitar caer en una situación tan extrema.

El problema, arguye Juan Luis Rubio, es que en la práctica este procedimiento no funciona, porque las solicitudes al respecto casi nunca se conceden. De hecho, dado que muchos divorcios se llevan a cabo por un acuerdo entre ambas partes, cambiar la pensión fijada en el mismo es muy difícil; las pruebas que presenta el ex marido sobre la reducción de esos ingresos, denuncia Rubio, tienden a ser vistas por los jueces como un intento de ocultar su nivel de ingresos real.

Por motivos como este, tanto la APFS como Ascala reclaman un trato más igualitario para ambas partes en los procesos de divorcio. El presidente de la asociación castellano-manchega, José Morallata, sugiere que los bienes compartidos por el matrimonio se repartan tras su disolución; por ejemplo, vendiendo el hogar compartido y repartiendo su beneficio entre ambos cónyuges.

El problema de los hijos

Morallata conoce bien la carga económica y psicológica que supone un divorcio. Su separación tras veinte años de convivencia, a pesar de ser amistosa, no estuvo exenta de traumas; ninguna lo está, advierte, porque supone “el truncamiento de un modo de vida”. En su caso, Morallata y su ex mujer hablaron claro a sus dos hijos, y les dejaron decidir con quién se quedarían, pese a que la custodia fue otorgada en principio a ella; de ahí que el presidente de Ascala recalque que lo más importante en una separación es que ambos cónyuges sean civilizados.

Por desgracia, no siempre ocurre así. Juan Luis Rubio asegura que muchas ex esposas usan a los hijos como arma arrojadiza para maltratar psicológicamente a sus ex cónyuges, haciendo que los niños les vean con odio. Se trata de una práctica que es conocida como “alienación parental”.

El maltrato a través de los hijos también aparece, según Rubio, a través del régimen de visitas. Según lo expone, lo normal es que el ex marido sólo pueda ver a sus hijos una vez cada quince días, y sólo si su ex mujer así lo permite; a diferencia que en el resto de Europa, se lamenta, en España una mujer puede negarse a permitir las visitas del padre y sus hijos sin verse castigada por la ley.

¿Y el maltrato “convencional”? Según Vicente Martínez de Pablos, no es tan común En su experiencia, explica, no ha tenido ocasión de observar casos de mujeres que maltratan a su pareja, pero sí de maltratos mutuos. Estos son casi siempre momentos puntuales de agresión recíproca, según Martínez de Pablos, que están valorados como falta en el código penal y castigados con multa e indemnizaciones mutuas.

José Morallata cuenta otra historia bien distinta. Él dice haber visto bastantes casos de maltrato psicológico sufridos por los separados y divorciados de su organización. Incluso hay situaciones en que las ex esposas les sometían a malos tratos físicos: por ejemplo, el caso de un ex campeón de boxeo al que su mujer agredía a sabiendas de que él no se atrevería a defenderse por miedo a hacerle daño.

Incluso sin estas situaciones de por medio, el hombre divorciado se encuentra con un panorama difícil de sobrellevar, cuando no directamente hostil, en todos los aspectos relacionados con su separación. ¿Lo pasan peor que una mujer divorciada? Tal vez, y tal vez no. Pero el caso es que lo pasan mal, y la sociedad tiende a ignorar sus penurias.


Artículo publicado en nuestra Web originalmente el día 17-08-2009
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martes, 1 de septiembre de 2009

El Tribunal Constitucional considera que no existe una obligación de los jueces de Familia en España para escuchar en un juicio a los niños menores de edad para fijar algunas de las condiciones del divorcio de sus padres, y por tanto, no se produce una lesión de derechos fundamentales de los hijos recogidos en la Carta Magna

En una sentencia del pasado 29 de junio, el Alto Tribunal del Estado rechaza de este modo el recurso de amparo presentado en el 2008 por una madre vallisoletana, contra un fallo dictado por la Audiencia de Valladolid en donde la ex esposa reclamaba la necesidad de que se oyera por la juez a su hijo para conocer si éste deseaba mantener contactos con el padre al que no veía desde hacía tiempo.

Con carácter previo, el Juzgado de Primera Instancia había ordenado al equipo psicosocial que hiciera un informe sobre las relaciones familiares, en donde se recomendaba las visitas padre-hijo.

Cambio en el Código Civil

La resolución judicial del Constitucional aclara un debate que se ha venido suscitando en los tribunales españoles después de que en el año 2005 se produjera una reforma del Código Civil, respecto a la ley del Menor de 1996. En esta última norma se reconocía «el derecho del menor a ser oído tanto en el ámbito familiar como en cualquier procedimiento administrativo o judicial en el que esté directamente implicado el niño, y que conduzca a una decisión que afecte a su esfera personal, familiar o social».

Sin embargo, la reforma del Gobierno de Zapatero de hace cuatro años establece en el Código Civil que antes de acordar el régimen de guardia y custodia, el juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal y oír a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime de oficio o a petición del fiscal. También el magistrado puede solicitar informe a miembros del Equipo Técnico Judicial.

Son precisamente estos informes y valoraciones periciales los que el Alto Tribunal entiende que han de servir al juzgador para dictar una sentencia sin necesidad de que se convierta en obligación la cita de los menores en los procesos de separación de sus padres.

Dignidad del niño

En su recurso al Tribunal Constitucional, la madre vallisoletana había solicitado amparo por entender que la sentencia, tanto de la Audiencia de Valladolid como de la jueza de Primera Instancia 10, habían lesionado los derechos a la dignidad, integridad moral y tutela judicial efectiva del niño, que se recogen en la Constitución Española. Ambos órganos judiciales negaron la audiencia a su hijo para expresarse sobre las visitas y contactos con el padre.

Tanto el padre como el Ministerio Fiscal se opusieron al recurso de la madre que aducía además que su hijo tenía 11 años cuando comenzó el proceso de separación, y por tanto, juicio suficiente para que su opinión fuera tenida en cuenta por la juzgadora.

El abogado de la madre vallisoletana argumentó, en este sentido, que el niño había expresado su negativa al régimen de visitas a favor de padre biológico, que «generaba en el menor serios daños y padecimientos psicológicos que lesionaban su integridad moral».

Pese a que éste es uno de los motivos para recurrir ante el Tribunal Constitucional, el Alto Tribunal estatal recuerda en su reciente sentencia que la audiencia del menor «no se concibe con carácter esencial», ya que se puede conocer el parecer de éste a través de determinadas personas especialistas, «y sólo resultará obligado cuando se estime necesario de oficio o a petición del fiscal».

Los magistrados que han dictado la sentencia son Guillermo Jiménez (presidente), Vicente Conde, Pascual Sala, Ramón Rodríguez Arribas y Eugenio Gay, éste último ha sido el ponente.

Artículo publicado en nuestra Web originalmente el día 31-08-2009
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Una media de 10 parejas al día inician los trámites de su divorcio en la provincia de Cádiz

Los cónyuges acuden con mayor frecuencia a los gabinetes de mediación familiar para alcanzar acuerdos antes del juicio

Durante 2008 se separaron casi 3.700 matrimonios, la mitad fue de forma no dialogada.

Todavía son más los que deciden casarse que los que se separan o divorcian, pero las cifras comienzan a estrecharse. El año pasado pidieron el divorcio 3.681 matrimonios gaditanos, lo que supone un aumento considerable con respecto al año anterior (3.286). El dato lo acaba de publicar el Consejo General del Poder Judicial y da a entender que los contratos con la hipoteca o con la empresa resultan más duraderos que los que se firman al casarse –sea por la Iglesia o por lo civil-.

La tendencia no es nueva, se repite desde la reforma de la Ley del Divorcio en 2005, cuando se duplicaron los procesos judiciales en un solo año. Los cónyuges pueden pedir directamente el divorcio una vez transcurridos tres meses desde la boda. El ahorro de tiempo también es notable, de hecho, más de la mitad de demandas se resuelven en seis meses.

Pero no todos las rupturas resultan fáciles. De común acuerdo se separa algo menos de la mitad de los que lo solicitan. «En este caso es habitual que no hayan hijos de por medio», asegura el abogado gaditano Manuel Ruiz, especializado en este tipo de casos. Precisamente la mayoría de las parejas que recurren a la vía judicial para alcanzar un acuerdo suele ser por esta cuestión. También les cuesta más dar el paso de vivir separados por este motivo. La experiencia le dice al letrado que cuando hay niños de entre ocho y trece años se intenta mantener la pareja para evitar traumas, pero «cuando son más pequeños o ya independientes se muestran más decididos a terminar con la relación».

El abogado deja claro que en esta circunstancia «los hijos no pueden ser considerados como un problema, sino como una obligación y un derecho».

Los hijos

Precisamente, los problemas para ponerse de acuerdo llevan a muchos padres a acudir a gabinetes de mediación familiar para tomar una decisión sobre los menores. Desde 2002 la provincia cuenta con un servicio público que ofrece la Asociación Arcaduz con la financiación de la Junta. Los profesionales atienden entre 80 y 100 casos al año, con una media de entre dos y doce sesiones por cada familia.

La responsable del gabinete, Ana Campos, reconoce que el número de matrimonios que reciben cada año va en aumento. La posibilidad de alcanzar un acuerdo antes del juicio supone un ahorro de sufrimiento y dinero, con lo que el servicio se hace más popular. La situación económica de los cónyuges y el conocimiento sobre este dispositivo han sido los principales motivos de la subida.

Tras siete años de atención en la provincia, el departamento gaditano ha detectado un descenso importante en la edad de la pareja. Los usuarios actuales tienen entre cinco y diez años menos que aquellos que acudían por primera vez a las instalaciones de Arcaduz. «No sabemos explicar este descenso, pero ha sido generalizado. Ahora la media está entre 30 y 36 años cuando antes superaban los 40», insiste la profesional.

Los motivos

La duración también es menor. Ahora llegan con un tiempo de convivencia de entre siete y diez años, frente a los 15 que llegaban a aguantar antes.

Las razones clásicas de infidelidad, problemas económicos o mala relación con los suegros nada tienen que ver con los motivos actuales. Según Campos, es la falta de comunicación y seguir distintos caminos de madurez lo que rompen las parejas. «Aunque suene raro el no me entienden es lo que más se oye en las sesiones», asegura.

El proceso de mediación se intenta llevar a cabo con la pareja, aunque la comunicación entre ambos sea mínima. «Sólo así podemos mantener la confianza con los dos para tomar la mejor decisión sobre los hijos». Muchos de los matrimonios que lo reciben ya habían pasado por los tribunales y llegan con una sentencia de mutuo acuerdo que les resulta imposible cumplir. Ana Campos insiste en que no se deben tomar decisiones a la ligera y menos aún en medio de un proceso doloroso. «Algunas parejas acuerdan pensiones de alimentación o tiempos de convivencia a los que no pueden hacer frente y hay que volver a empezar», explica.

Los costes

Los costes de un abogado y las minutas de los procuradores oscilan entre los 400 euros, cuando es de mutuo acuerdo, y los 3.000 si no hay consenso. «Resulta mucho más barato cuando ya hay una puesta en común entre los cónyuges», recalca Juan Rubio, abogado matrimonialista que presta servicio en Jerez.

Para decidir qué hacer con los hijos, la vía judicial siempre es la más cara. El divorcio Contencioso puede superar los 5.000 y en el 95% de los casos la custodia queda en manos de la madre. La guerra judicial por los niños es cara y suma euros cuando el proceso pasa de órgano. El siguiente paso es la Audiencia Provincial y de ahí al Constitucional.

Las facilidades para divorciarse han dejado en un segundo lugar a las separaciones, que antes de 2005 suponían el paso previo a la sentencia definitiva del proceso. A lo largo del año pasado apenas se separaron 345 parejas, de las que 185 lo hicieron de mutuo acuerdo.

En el caso de las separaciones existe una mayor homogeneidad en el tiempo medio de convivencia, siendo a los 16 años de matrimonio el momento más frecuente en el que se produjeron estas rupturas.

Artículo publicado en nuestra Web originalmente el día 31-08-2009.

lunes, 31 de agosto de 2009

Una madre convoca una manifestación para recuperar la custodia de sus hijas

María Araceli Rozas García, de Moral de Calatrava (Ciudad Real) y madre de tres hijas, se concentrará mañana, lunes, a partir de las 19.00 horas en la plaza Mayor de su pueblo para exigir "un punto de encuentro" donde le permitan poder ver a sus dos hijas menores, actualmente con su padre, y "recuperar su custodia", perdida tras un largo proceso de divorcio.

Artículo publicado en nuestra Web originalmente el 17-08-2009.

Los niños sufren más que las niñas cuando sus padres se divorcian

Los niños llevan peor que las niñas que sus padres se divorcien, si bien la mayoría de los problemas de los hijos ya existen antes de que sus padres decidan romper definitivamente su matrimonio y no aumentan por esta circunstancia.

Así lo afirma la profesora de la Universidade do Miño, Barbara Figueiredo, quien hoy ha participado en el curso de verano de la Universidad del País Vasco "¿Qué podemos hacer ante el divorcio y la separación?".

Esta experta señala que la edad más conflictiva para afrontar un divorcio es la comprendida entre los 3 y los 5 años, y asegura que "es normal" que en una primera fase el niño esté triste y añore a su familia.

Uno de los principales problemas se manifiesta con las mudanzas y los cambios de vida porque el niño "no sabe qué le espera" y se enfrenta a una situación que puede acarrearle dificultades en la asimilación de ciertas competencias.

Para evitar que el menor viva "en dos mundos diferentes", esta especialista subraya que la mejor solución es la custodia compartida y que las reglas sean las mismas o lo más parecidas posibles en las casas del padre y de la madre.

El problema suele surgir, a su juicio, cuando los pequeños forman parte del conflicto y los padres no se hablan, puesto que no debería haber ninguna anomalía si la ruptura se pacta.

Figueiredo se refiere a diversos estudios que afirman que la satisfacción de los divorciados va aumentando después de tomar la decisión y superar la negatividad que arrastraban.

Tras apuntar que el 40 por ciento de los divorcios se firman durante la primera década del matrimonio, la experta asegura que la mitad de los divorciados se vuelven a casar.

Principalmente los hombres, que lo hacen antes, ya que su nivel de estrés suele ser menor antes y después de formalizar la ruptura, mientras que la tensión entre sexos se equipara en el momento del divorcio.

La profesora de la Facultad de Psicología de la UPV y directora del curso, Sagrario Yárnoz, ha reconocido que es difícil dar "recetas" para afrontar un divorcio, si bien ha aconsejado que no se tome como "una ofensa personal".

Yárnoz, quien ha insistido en que un divorcio no es sino "situación transitoria", ha lamentado que haya personas cuyo fin sea "fastidiar" a su ex pareja, incluso valiéndose de sus hijos.

Para la directora del curso, un divorcio debe limitarse a un "mal trago" y entenderse como una "puerta abierta" y una oportunidad de renovarse.

Artículo publicado en nuestra Web originalmente el 20-08-2009.