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lunes, 21 de septiembre de 2009

La relación con la ex-pareja tras el divorcio

Fuente: “Therapeutic Mediation: A Saner Way of Disputing”, by Beth M. Erickson, Journal of the American Academy of Matrimonial Lawyers, Volume 14 1997 Number 2.

Cómo será la relación de dos personas que se acaban de divorciar dependerá de muchos factores, entre ellos las causas de la separación, la etapa emocional en la que se encuentre cada uno y si procrearon o no hijos. El divorcio, con toda probabilidad afecte sus relaciones con familiares, amigos y conocidos, y hasta con colegas y compañeros de trabajo si laboran en el mismo lugar.

“El divorcio es un proceso lleno de emociones fuertes que tienden a afectar los estados de ánimo y las conductas de los integrantes de la pareja y personas allegadas a estos individuos, incluyendo a los hijos”, establece la doctora Monique Jiménez, psicóloga clínica que imparte el curso de Terapia de Familia en la Universidad Carlos Albizu.

La doctora, que en su práctica privada se especializa en niños y adolescentes, conoce el asunto de primera mano pues el divorcio es el problema que más afecta a sus jóvenes pacientes. Destaca que las estadísticas en Estados Unidos indican que aproximadamente 50% de los matrimonios en primeras nupcias terminan en divorcio, mientras que de 60 a 75% de las uniones en segundas nupcias fracasa. Considera que los porcentajes se repiten en Puerto Rico.

“Se estima que más de un millón de niños son afectados por el divorcio en Estados Unidos”, apunta Jiménez. Dice que los estimados pueden extrapolarse a Puerto Rico.

“Es un tema que está siendo experimentado y afecta a una cantidad de adultos bastante grande. Asimismo, afecta a adultos al igual que a niños. Puede también afectar conductas en el trabajo, la motivación, o sea, que pudiera afectar la vida completa de estos individuos; no solamente en el ámbito de la familia”, agrega la psicóloga del Children and Adolescents Psicological Services.

Algunos de los elementos que afectan la respuesta de las personas a un proceso de divorcio son cultura, creencias religiosas, crianza y expectativas de los individuos respecto a una pareja. Otro elemento que Jiménez destaca es la causa de la separación y el cómo manejen la comunicación de acuerdo con el nuevo rol.

La especialista indica que en casos donde la causa del divorcio es abuso, maltrato o infidelidad las personas evitan relacionarse porque hacerlo les afectaría; se alejan para mantenerse saludables física y emocionalmente. Mientras, otras se ven forzadas a mantener una relación cordial, usualmente porque tienen hijos y comparten la custodia.

“Personas que sí mantienen una relación con su ex pareja sencillamente se dieron cuenta de que aunque el matrimonio no funcionó, en su autoestima propia no les afecta mantener esa amistad. Se dieron cuenta de que la relación romántica no era para ellos, pueden definir su relación como una de amigos y no de pareja romántica, hacerlo bien claro, y no hay expectativas de que regresen”, describe.

Sin embargo, Jiménez insiste en que durante el proceso de divorcio cada miembro de la pareja puede estar en una etapa emocional diferente y quizás uno de ellos no esté listo para llevar un nuevo tipo de relación. Para sanar emocionalmente, dice la psicóloga, estos individuos necesitan una separación física y cambiar todo a su alrededor, encontrar un camino nuevo, saludable y en el que se sientan contentos consigo mismos.

Si la pareja no tiene hijos, el proceso puede ser más fácil o menos complejo, pues cada cual decide si desea mantener una relación con el otro o no, y no hay nada que los ate. Incluso si comparten otras relaciones -familiares, con amigos cercanos o compañeros de trabajo- la situación se puede manejar bien si se comunican efectivamente las emociones y los nuevos roles a esas personas cuando se entienda necesario. Pero si tienen hijos entonces deben procurar el bienestar de éstos, sobre todo si aún son menores.

“El rol de estos adultos pudiera cambiar completamente en cómo ellos se relacionan. Puede tomar tiempo en lo que se adaptan a estos nuevos roles o papeles. Es importante que esta ex pareja que ahora se va a comunicar con relación a sus hijos tenga una comunicación efectiva”, sostiene la psicóloga especialista en niños y adolescentes.

Para lograrlo pueden limitar las conversaciones a temas sobre los chicos y sus necesidades, y enfocarse en mantener una relación cordial sin entrar en las dificultades que tuvieron como pareja.

Deben reconocer que inevitablemente tendrán que encontrarse y compartir en eventos sociales como cumpleaños y graduaciones, e incluso llegará el momento en que participen sus nuevas parejas.

Para minimizar el impacto negativo en los hijos deben hablar positivo el uno del otro con ellos y evitar discusiones en su presencia. Se le aconseja a aquel progenitor que no tenga la custodia primaria o completa, que mantenga contacto y comunicación constante con sus hijos pues esto, tal y como asegura Jiménez, ayuda a que su relación con ellos y con la ex pareja sea más saludable.

En muchos casos es recomendable acudir a la mediación terapeútica.

Un equipo interdisciplinario compuesto por una abogada especialista en derecho de familia y una terapista matrimonial y de familia certificada ofrecen lassiguientes recomendaciones que surgen de su propuesta de Mediación Terapéutica, publicada en el boletín de la American Academy of Matrimonial Lawyers.

•Identificar y resolver el impasse que comprometió el matrimonio para que esas mismas tendencias no creen un impasse en el proceso de divorcio.

•Enseñar a las dos personas a relacionarse mientras logran los acuerdos legales.

•Dirigir a ambas partes para que aprendan a relacionarse de una nueva forma luego del divorcio, lo que resulta particularmente importante si hay niños.

•Mirar la relación desde una perspectiva sistémica -como un todo- e identificar sus dinámicas principales para que cada uno se comprometa y facilite el logro de acuerdos.

•Ayudar a las partes a asumir responsabilidad en la solución de sus problemas.

•Buscar un cierto grado de entendimiento mutuo para que la pareja pueda colaborar en la resolución de sus asuntos.

•La mediación permite ayudar a ambas partes a llegar a acuerdos luego de que han explorado sus diferencias y dificultades, desarrollado opciones y considerado alternativas a lo largo del proceso.


Artículo publicado en nuestra Web originalmente el día 16-11-2007
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lunes, 7 de septiembre de 2009

Polémica resolución de un Juzgado Andaluz al obligar a una madre a entregar a su hija a su ex pareja, condenado por maltrato

Una madre andaluza deberá entregar hoy a su expareja, condenado por malos tratos, la guarda y custodia de la hija que tienen en común. La decisión del Tribunal andaluz se produce a consecuencia de que la madre no permitió cumplir al padre con el régimen de visitas y fue demandada por su exmarido.

La historia de María S. es una auténtica maraña judicial desde que en el año 2001 se divorciara e iniciara un procedimiento penal por los malos tratos que recibió de su ex pareja. La sentencia de malos tratos fue confirmada por el Tribunal Supremo, imponiéndole una pena de un año y nueve meses por maltrato habitual, tal como había fallado ya en su día la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Sin embargo, hoy tendrá que entregar a su hija de nueve años al padre en el punto de encuentro familiar de la Junta de Andalucía –sobre su ex pesa una orden de alejamiento– porque ha perdido la custodia al haber incumplido "reiteradamente" el régimen de visitas fijado en la sentencia de divorcio a favor del padre maltratador. De hecho, la esposa ha sido condenada por estos hechos a prisión por dos juzgados sevillanos, lo que provocó que el año pasado la Sección Segunda de lo Civil de la Audiencia le retirara la custodia en favor del padre, un mes antes de que otra Sala dictara la condena de malos tratos. Una sentencia que ella ha aportado con posterioridad, sin éxito, y con la que quiere reabrir su caso desde la sentencia del divorcio.

Con la resolución de la Audiencia el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Dos Hermanas (donde la pareja residía en el momento del divorcio) ejecutó el fallo, que hoy debe cumplirse a las 19.00 horas. A partir de entonces, la madre podrá ver a su hija dos días a la semana y los fines de semanas alternos, además de compartir las vacaciones con el padre.

La madre incluso presentó recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para lograr que la primera condena (de un año de prisión) le fuera anulada, aunque su recurso ni siquiera fue admitido a trámite. La segunda condena, dictada en 2007 por el Juzgado de lo Penal 1 de Sevilla, le condenaba a dos años por sustracción de menor e incluso le retira la patria potestad de la menor durante cuatro años por "impedir" la relación de la menor con su padre.

La madre asegura que, además de los malos tratos recibidos por su marido, "está siendo maltratada por la Justicia", ya que el proceso penal contra su ex marido se ha demorado casi siete años. Según ella, su ex ha utilizado todo este tiempo para ponerle denuncias "cuando era él el que entregaba tarde al punto de encuentro los partes" con los día que iba a ver a la niña. No obstante, ella admite que al principio "no la llevaba por miedo". Ahora la relación de la menor con su padre "es cordial", pero "no se quiere ir con él", según la madre, pese a que ve a su progenitor de manera habitual.

La madre asegura que no está dispuesta a perder a su hija y que piensa luchar hasta recuperar su custodia. Por ello recientemente acudió a la Dirección General de Violencia de Género de Andalucía, donde fue atendida por la directora general, Ana Soledad Ruiz.

Tras esta reunión, la Consejería de Igualdad de Andalucía ha abierto un expediente para estudiar su caso y, además, se lo ha remitido a la fiscal delegada de Violencia a la Mujer Andaluza. En el informe la Junta de Andalucía insta a la Fiscalía Andaluza a que revise el caso y le apoye, y recuerda que "se está produciendo un incumplimiento del artículo 92.7 del Código Civil", en el que se especifica que “no procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de las partes esté inmerso en un proceso penal por violencia de género, "tal y como es su caso". Además, también ha trasladado este caso a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género para "su conocimiento y efectos oportunos".

No obstante, la Junta de Andalucía le insta a cumplir con el régimen de visitas impuesto por el juzgado, mientras que "la situación no sea modificada por el juzgado pertinente".

Por otro lado, el delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente, también ha sido informado por la Plataforma Andaluza de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres y la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, que le han remitido una carta conjunta.

En la carta las entidades reclaman al Ministerio de Igualdad y al de Justicia que promuevan los mecanismos necesarios para que los padres condenados por maltrato o inmersos en un proceso penal "no puedan comunicarse ni ver a sus hijos".

Para estas entidades la ex pareja de María inició "una maniobra perfectamente calculada y destinada a arropar" la petición de cambio de custodia que inició tras la sentencia del divorcio, "bajo la acusación de que la esposa obstruye el régimen de visitas establecido".


Artículo publicado en nuestra Web originalmente el día 02-09-2009
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